Lic. Alba Luján
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RECTIFICACIÓN DE ACTAS
Con el nuevo decreto publicado en la Gaceta Oficial del DF de fecha 5 de febrero de 2015, en el Distrito Federal La rectificación o modificación de un acta del estado civil ya no será tramitada ante los Jueces de lo Familiar y se regira por lo establecido en el Regamento del Registro Civil del DF Ha lugar a pedir la rectificación:
Pueden pedir la rectificación de un acta del estado civil:
La aclaración o rectificación de las actas del estado civil, procede cuando en el levantamiento del acta correspondiente, existan errores mecanográficos, ortográficos, o de otra índole, que no afecten los datos esenciales de aquellas, y deberán tramitarse ante la Dirección General del Registro Civil mediante comparecencia. | |
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